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	<title>Guardias y recreos - Historial de revisiones</title>
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	<updated>2026-05-01T18:55:54Z</updated>
	<subtitle>Historial de revisiones de esta página en la wiki</subtitle>
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		<id>https://guiadocente-educacion.ustea.org/index.php?title=Guardias_y_recreos&amp;diff=156&amp;oldid=prev</id>
		<title>Administradora: Página creada con «== En Infantil y Educación Primaria == La ORDEN de 20 de agosto de 2010 en su artículo 13.2 indica:  «&#039;&#039;Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exenta la persona que ejerza la dirección del centro».&#039;&#039;  == Para la Educación Secundaria == El concepto guardia y la de recreo forma parte…»</title>
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		<updated>2022-10-11T10:23:35Z</updated>

		<summary type="html">&lt;p&gt;Página creada con «== En Infantil y Educación Primaria == La ORDEN de 20 de agosto de 2010 en su artículo 13.2 indica:  «&amp;#039;&amp;#039;Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exenta la persona que ejerza la dirección del centro».&amp;#039;&amp;#039;  == Para la Educación Secundaria == El concepto guardia y la de recreo forma parte…»&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;&lt;b&gt;Página nueva&lt;/b&gt;&lt;/p&gt;&lt;div&gt;== En Infantil y Educación Primaria ==&lt;br /&gt;
La ORDEN de 20 de agosto de 2010 en su artículo 13.2 indica:&lt;br /&gt;
&lt;br /&gt;
«&amp;#039;&amp;#039;Para el cuidado y vigilancia de los recreos podrá organizarse un turno entre los maestros y maestras del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnos y alumnas o fracción, del que quedará exenta la persona que ejerza la dirección del centro».&amp;#039;&amp;#039;&lt;br /&gt;
&lt;br /&gt;
== Para la Educación Secundaria ==&lt;br /&gt;
El concepto guardia y la de recreo forma parte de las horas de obligada permanencia.&lt;br /&gt;
&lt;br /&gt;
&amp;#039;&amp;#039;«En la confección del horario del servicio de guardia se procurará evitar que se concentren las guardias en las horas centrales de la actividad escolar en detrimento de las primeras y últimas de la jornada, garantizando, al menos, la relación de un profesor o profesora de guardia por cada &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;ocho&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; grupos de alumnos y alumnas o fracción en presencia simultánea o de &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;seis&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; en el caso de las guardias de recreo»&amp;#039;&amp;#039; (Art. 18.3 de la Orden de 20-8-2010).&lt;br /&gt;
&lt;br /&gt;
Serán funciones del profesorado de guardia las siguientes:&lt;br /&gt;
#Velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes.&lt;br /&gt;
#Velar por el normal desarrollo de las actividades en el tiempo de recreo, dedicando una mayor atención al alumnado de los primeros cursos de la educación secundaria obligatoria a fin de garantizar su integración en el instituto en las mejores condiciones posibles.&lt;br /&gt;
#Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que por ausencia del profesorado encargado de este cometido sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal asistido.&lt;br /&gt;
#Anotar en el parte correspondiente las incidencias que se hubieran producido, incluyendo las ausencias o retrasos del profesorado.&lt;br /&gt;
#Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos y alumnas que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del instituto, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicarlo a la familia.&lt;br /&gt;
#Atender la biblioteca del instituto, en caso de ausencia del profesorado que tenga asignada esta función en su horario individual.&lt;br /&gt;
#Atender, en su caso, el aula de convivencia, de acuerdo con lo que se establezca en el plan de convivencia.&lt;br /&gt;
El profesorado que comparte centro quedará exento del cuidado y vigilancia de los recreos, salvo que sea absolutamente necesaria su colaboración para alcanzar la relación de profesorado de guardia por grupo de alumnos y alumnas que se ha mencionado antes.&lt;/div&gt;</summary>
		<author><name>Administradora</name></author>
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