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	<title>Horarios del cuerpo de maestros y maestras - Historial de revisiones</title>
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	<updated>2026-05-01T18:59:07Z</updated>
	<subtitle>Historial de revisiones de esta página en la wiki</subtitle>
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		<id>https://guiadocente-educacion.ustea.org/index.php?title=Horarios_del_cuerpo_de_maestros_y_maestras&amp;diff=131&amp;oldid=prev</id>
		<title>Administradora: Página creada con «La jornada semanal de los maestros y maestras será de 35 horas semanales distribuidas de lunes a viernes. De ellas, &#039;&#039;&#039;30 horas&#039;&#039;&#039; son de obligada permanencia en el centro, distinguiendo entre el &#039;&#039;&#039;horario lectivo de 25 horas&#039;&#039;&#039; (el que se destine a la atención directa del alumnado para el desarrollo del currículo, incluidos los recreos, y las reducciones por el desempeño de funciones directivas o de coordinación docente y otras legalmente establecidas tales com…»</title>
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		<updated>2022-10-11T09:53:25Z</updated>

		<summary type="html">&lt;p&gt;Página creada con «La jornada semanal de los maestros y maestras será de 35 horas semanales distribuidas de lunes a viernes. De ellas, &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;30 horas&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; son de obligada permanencia en el centro, distinguiendo entre el &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;horario lectivo de 25 horas&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; (el que se destine a la atención directa del alumnado para el desarrollo del currículo, incluidos los recreos, y las reducciones por el desempeño de funciones directivas o de coordinación docente y otras legalmente establecidas tales com…»&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;&lt;b&gt;Página nueva&lt;/b&gt;&lt;/p&gt;&lt;div&gt;La jornada semanal de los maestros y maestras será de 35 horas semanales distribuidas de lunes a viernes. De ellas, &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;30 horas&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; son de obligada permanencia en el centro, distinguiendo entre el &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;horario lectivo de 25 horas&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; (el que se destine a la atención directa del alumnado para el desarrollo del currículo, incluidos los recreos, y las reducciones por el desempeño de funciones directivas o de coordinación docente y otras legalmente establecidas tales como las acordadas en relación con los programas que impliquen itinerancia) &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;y las cinco restantes&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039; se destinarán a las actividades concretadas en la orden de 20 de agosto. Entre estas últimas, &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;se procurará la coincidencia de todo el profesorado, para ello al menos una hora a la semana se destinará para la coordinación docente&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;. Igualmente, tal como se establece en la citada orden, deberá figurar &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;una hora de las de obligada permanencia en el centro, para la atención a las familias&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;, previamente citadas o por iniciativa de las mismas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2.I) del Reglamento Orgánico de los Centros, este horario destinado a las entrevistas con la familia se fijará &amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;en todo caso, en sesión de tarde&amp;#039;&amp;#039;&amp;#039;.&lt;/div&gt;</summary>
		<author><name>Administradora</name></author>
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