Colaboración con las fuerzas de seguridad

De Guía básica del profesorado
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Con frecuencia se presentan policías de los distintos cuerpos o guardias civiles a efectuar algunas actuaciones en los centros docentes.

L@s funcionari@s docentes tienen el deber de cooperar con l@s funcionari@s de otras administraciones por un mandato constitucional y legal, pero conviene indicar en qué se debe cooperar y cuál es el límite, en este sentido, y una vez identificados a l@s funcionari@s actuantes, se deberá proceder a cumplimentar lo solicitado siempre que se trate de la mera información de la existencia o no de determinados menores como alumn@s del centro, de su domicilio, teléfono o cualquier otra circunstancia personal o familiar de l@s mism@s. Para recabar esta información no será preciso que la petición venga por escrito.

De ninguna manera se permitirá el interrogatorio del menor sin que esté presente su padre, madre o representante legal (no sirve que esté presente el director/a, el tutor/a, etc.). Mucho menos se permitirá que se retire del centro para cualquier actuación posterior (p.e. efectuar un reconocimiento médico), salvo lo que indica el apartado B del presente escrito.

Si dichos funcionari@s se presentan con documento emitido por un Juzgado o Tribunal se estará a lo que en él se disponga.