Anticipos de nóminas
Normativa de referencia
Alrededor de finales de febrero o principios de marzo se publica la resolución que fija plazos e instrucciones para la solicitud de anticipos reintegrables de nómina. Se podrá solicitar en concepto de anticipo una cantidad equivalente a la remuneración líquida de una o dos mensualidades. Los anticipos concedidos no devengarán interés alguno. El plazo de amortización será el indicado en la solicitud no pudiendo exceder de 12 meses si se solicita el anticipo de una mensualidad, ni de 24 si el anticipo alcanza las dos mensualidades.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos con certificado digital desde la web del empleado público, en el apartado de Acción Social.