Grupos de trabajo

De Guía básica del profesorado

Las Instrucciones de 10 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para la convocatoria de grupos de trabajo 2021/22, describen a los grupos de trabajo como proyectos colaborativos que favorecen “la reflexión compartida, el intercambio de ideas y propuestas, la construcción conjunta de conocimiento y la capacidad de innovar introduciendo cambios de mejora en el aula y centro”.

Se llevan a cabo con colaboración con los Centros de Profesorado, y deben “contener propuestas concretas de intervención en el centro o en el aula que pretendan mejorar una determinada situación de partida vinculada al proceso de autoevaluación e introduzcan aspectos innovadores y de mejora en los procesos de enseñanza aprendizaje del alumnado”.

Los grupos de trabajo deberán estar formados por un mínimo de tres y un máximo de diez profesores o profesoras de uno o varios centros docentes. Excepcionalmente, y previa autorización solicitada por el grupo de trabajo al centro del profesorado correspondiente, se podrá aumentar el número de participantes en los siguientes supuestos, previstos por la citada instrucción:

  • Cuando el grupo lo constituya el profesorado que componga todo un ciclo o parte de un claustro del mismo centro que plantee un tema vinculado al Plan de Centro, en los casos de centros de Infantil y Primaria”.
  • Cuando el grupo lo constituya profesorado del mismo departamento o ámbito, o que atienda al alumnado que cursa el mismo nivel educativo, en el caso de Secundaria, Bachillerato o Formación Profesional”.
  • Cuando el objeto de estudio del grupo requiera en su composición de la presencia de determinado número de profesionales, especialmente referidos a enseñanzas de régimen especial o servicios educativos”.

Los grupos de trabajo deberán contar con un coordinador o coordinadora, que se comprometerá al seguimiento del mismo en colaboración con el CEP de referencia. Tal coordinador o coordinadora solicitará al CEP la puesta en marcha del proyecto, a través del portal Séneca-CEP, antes del 15 de octubre. La aprobación definitiva del grupo de trabajo por parte de los centros del profesorado estará vinculada a la realización del proyecto en la comunidad de Colabor@, que deberá estar finalizado antes del 30 de noviembre. A partir de esta fecha, no se podrá incorporar ningún miembro más como participante del grupo de trabajo.

Los grupos de trabajo que deseen recibir una valoración cualitativa deberán indicarlo en la solicitud de constitución del mismo. La aprobación por parte del centro del profesorado de la valoración cualitativa del proyecto estará sujeta al cumplimiento de algunos de los siguientes requisitos: “la relevancia, originalidad e innovación del proyecto; la producción de materiales educativos originales o que supongan una contribución significativa a materiales ya existentes con licencia libre, exportables a otros contextos y accesibles; la revisión bibliográfica realizada sobre el tema de estudio, con la aportación de comentarios críticos y la incidencia del trabajo realizado en la práctica educativa del aula o centro, avalada por el claustro y el consejo escolar del centro”.

Los centros del profesorado redactarán durante el mes de junio una memoria de la actividad en la que se recoja el grado de consecución de los objetivos previstos a partir de los resultados obtenidos, así como de la implicación personal de todos los participantes con el grupo de trabajo.

El reconocimiento de estos grupos de trabajo será certificada por el centro del profesorado correspondiente dependiendo de si se aprobó o no una evaluación cualitativa:

  • Para los grupos de trabajo con evaluación no cualitativa, hablamos de un máximo de 20 horas de formación para cada participante y hasta 30 horas para la coordinación.
  • Para los grupos de trabajo con evaluación cualitativa, se podrá certificar hasta con 30 horas de formación para cada participante y hasta 40 horas para la coordinación.

Como máximo se podrá formar parte de las actividades de autoformación atendiendo a las siguientes condiciones: o participar en dos actividades, por un lado, o coordinar una actividad y participación en otra actividad, por el otro. En ningún caso se certificará la coordinación de más de una actividad de autoformación en el mismo curso escolar ni la participación en más de dos actividades.