Régimen económico

De Guía básica del profesorado

Para consultar tu nómina puedes hacerlo a través del Portal Docente con el usuario IDEA (el de SÉNECA), en el apartado “Datos Retributivos”.

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Retribuciones básica y complementarias

Deducciones

Retribuciones en caso de enfermedad

Sexenios

Prescripción de las deudas

En caso de huelga

Datos bancarios

Anticipos de nóminas

I. Dietas por desplazamiento

Normativa de referencia

  • Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio.
  • Decreto 404/2000, de 5 octubre, por el que se modifica el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
  • Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Cada vez que realizamos alguna actividad que supone desplazamiento de nuestro puesto de trabajo, tenemos derecho a cobrar dieta. Estas están reguladas por ley y aunque son escasas, nuestro centro de trabajo debe abonarlas de su propio presupuesto. Viajes escolares, visitas oficiales a delegación u otras de interés para el centro, viajes de estudios, visitas culturales…

Se consideran pagos por servicios realizados: dietas, manutención, desplazamientos, kilometraje, etc.

DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL

Alojamiento: 64,27€

Manutención pernoctando: 40,82€

Manutención sin pernoctar: 26,67€

Media manutención: 20,41€

DIETAS PARA MADRID

Alojamiento: 96,41€

Manutención pernoctando: 41,78€

Manutención sin pernoctar: 26,67€

Media manutención: 29,89€

KILOMETRAJE

0,19€/km por el uso de automóvil

0,078€/km por el uso de motocicletas.

DIETAS EN TERRITORIO EXTRANJERO

Ver anexo de la orden